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00:00Hemos previsto que la implantación del DNI se realice en varias fases.
00:05En la primera, que empieza mañana mismo, servirá para acreditar la identidad de su titular en cualquier tipo de trámite presencial,
00:15ya sea jurídico o administrativo, ante cualquier administración pública o entidad privada.
00:22Por tanto, en esta primera fase, el DNI digital todavía no sirve para acreditar la identidad de su titular en Internet,
00:31ni para realizar gestiones telemáticas en las que sea necesario autenticar nuestra identidad o disponer de una firma electrónica.
00:41Y tampoco podremos utilizarlo como documento de viaje para cruzar fronteras o para acreditar nuestra identidad en el extranjero.
00:49Es decir, el DNI digital nos permitirá acciones tan cotidianas, pero también tan relevantes,
00:55como acceder a cualquier espacio público o privado en el que sea necesario acreditar nuestra identidad antes de entrar.
01:03Realizar trámites presenciales ante cualquier administración pública, incluido algo tan importante como el ejercicio del derecho al voto.
01:13Establecer cualquier tipo de relación jurídica, cualquiera, ya sea abrir una cuenta bancaria,
01:18firmar un contrato de compraventa de una casa, firmar las escrituras ante el notario o suscribir un crédito hipotecario.
01:26Insisto, el DNI digital será válido en todas aquellas actuaciones presenciales en esta primera fase,
01:33en las que sea necesario acreditar la identidad, como el registro en un establecimiento hotelero o, por ejemplo, el alquiler de un vehículo.
01:41Y también en otras situaciones más cotidianas, como el acceso a determinados locales de espectáculos,
01:48la recogida de paquetes en correos u otros centros de distribución.
01:53Hemos fijado también un plazo de 12 meses para que las entidades públicas y privadas adopten las medidas necesarias para adaptarse al nuevo sistema.
02:04Una vez transcurrido este plazo, estarán todas las entidades públicas y privadas obligadas a aceptar el nuevo formato digital como forma de identificación de su titular.
02:16Y también, y esto también es importante, en 2026, es decir, en un año, habilitaremos el DNI digital como documento de acreditación de la identidad en las gestiones telemáticas,
02:28operaciones de firma electrónica y en otras actuaciones a través de Internet. Es decir, la plena funcionalidad a todos esos efectos.