#MSPSaludPública l ¿Qué significa morir con dignidad y cómo se regula en Colombia? Conéctate ahora a esta entrevista exclusiva con la Dra. Lina Paola Lara Negrette, Directora de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, explica todo sobre el derecho a la eutanasia, los requisitos legales y cómo acceder a este procedimiento. ¡Comparte!
#MSP: El lugar donde médicos, profesionales de la salud y pacientes pueden entrar. #SomosCiencia
#MSPLíderesPioneros #MSPLegadoQueInspira
#MSP: El lugar donde médicos, profesionales de la salud y pacientes pueden entrar. #SomosCiencia
#MSPLíderesPioneros #MSPLegadoQueInspira
Categoría
🗞
NoticiasTranscripción
00:00En MSP convertimos la ciencia en noticia. Con más de 20 años hemos sido líderes en medicina, salud pública, ciencia, innovación y bienestar en Puerto Rico y el Caribe.
00:22Visibilizamos el trabajo de médicos, enfermeras e investigadores, porque en MSP somos ciencia.
00:30Soy como la gota sobre la piedra, molestando poco a poco.
00:33Te encantaría deshacerte de mí, pero no es tan simple. Lo mío no es broma.
00:37Soy el dolor pélvico. Si me conoces, podrías padecer de endometriosis, una condición seria.
00:43Conoce más sobre la misma visitando eldolordeendoserio.com
00:48La eutanasia es noticia. Es noticia en Colombia y es noticia en otras partes del mundo.
00:52En Colombia concretamente es uno de los destinos, uno de los países en donde incluso han acudido personalidades famosas para practicarse este procedimiento,
01:01que es un procedimiento que voluntariamente da fin a la vida de una persona que como quiera se supone que está próxima a morir.
01:12Es una controversia de carácter médico, legal, espiritual, teológico, lo que hay envuelto detrás de este tema.
01:22Por eso hemos decidido invitar a la doctora Lina Paola Lara Negrete, directora ejecutiva de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente.
01:31Saludos doctora, bienvenida a la revista Medicina y Salud Pública.
01:34Muchas gracias por la invitación y muchas gracias a ti por tu interés en el tema.
01:39Bueno, hay el derecho en Colombia, las leyes en Colombia dicen que hay el derecho a que uno se practique o que pida que alguien le practique legalmente la eutanasia.
01:55¿Existe ese derecho reconocido en Colombia o no?
01:57Existe este derecho reconocido en Colombia para cuatro procedimientos médicos que están todos ellos en el conjunto de los procedimientos que se requieren al final de la vida.
02:08Legislación hay sobre sólo uno de ellos, hay una ley de cuidado paliativo y todo lo demás sobre los otros tres procedimientos que incluyen el procedimiento de eutanasia es jurisprudencia.
02:19La jurisprudencia, como sabes, está circunscrita a un territorio específico, de manera que todo lo que está dispuesto y todo lo que está disponible lo está para las personas ciudadanas colombianas.
02:32O sea que un extranjero no puede someterse a ese procedimiento.
02:36Como decía, la jurisprudencia está localizada en un territorio y es exclusiva para los nacionales del lugar.
02:42No existe tal cosa como el turismo eutanasico, por ejemplo, y para acceder a un derecho que tenemos en Colombia las personas ciudadanas colombianas se requiere en primer lugar eso, la ciudadanía colombiana.
02:57Y luego, después de eso, claro, hay otros requisitos porque es un procedimiento que está estrictamente vigilado y que está estrictamente custodiado por esa jurisprudencia y por el ordenamiento legal vigente.
03:10Cuando dice jurisprudencia, obviamente que ha habido decisiones judiciales que favorecen esta práctica, aunque no hay una ley, no se ha legislado sobre la eutanasia.
03:20Exactamente. Ha habido en 27 años 17 proyectos de ley que no han logrado la discusión y el debate suficiente, serio, responsable que se requiere en el poder legislativo.
03:32Lo que sí hay es jurisprudencia, es decir, sentencias de la Corte Constitucional que han permitido que las personas puedan acceder a estos derechos sin barreras en el sistema de salud colombiano.
03:46No ha sido un camino fácil, como es apenas lógico imaginar, es un camino de largo aliento.
03:52La sentencia que despenalizó la eutanasia en Colombia es una sentencia de 1997 y solo en 2015 el Ministerio de la Salud y de la Protección Social reglamentó el acceso al derecho.
04:06Entonces es un camino de largo aliento. La fundación que yo dirijo hace 46 años está promoviendo este debate público al respecto de los derechos que tenemos al final de la vida, de manera que sí es una carrera de fondo.
04:21¿Cuántas eutanasias se han practicado en Colombia? ¿Hay un récord de cuánta gente ha terminado con su vida voluntariamente?
04:30Nos gustaría tener cifras más precisas. Lo que el Ministerio de la Salud y de la Protección Social dice es que en 2023, que es el año más reciente del que tenemos datos, hubo aproximadamente 800 solicitudes.
04:43Eso no significa procedimientos aprobados o realizados, pero sí significa que en una proporción grande, imagínate que en Colombia hay más o menos 28.500.000 personas mayores de 18 años.
04:59En ese conjunto enorme poblacional que tenemos, solo 800 veces en un año se produjeron solicitudes para este procedimiento, de manera que no es una cosa que sea muy popular o estadísticamente significativa.
05:15Lo que sí es, es un derecho que tenemos y al respecto del cual todavía nos falta mucho camino en cuanto a información y pedagogía sobre qué exigir.
05:26Cuando una persona solicita la eutanasia o un familiar de una persona solicita la eutanasia, ¿qué requisitos hay que cumplir? Es decir, ¿qué tipo de condición de salud hay que tener, qué tipo de diagnóstico, qué tipo de verificación de que la persona en efecto está en riesgo inminente de muerte?
05:45La jurisprudencia colombiana es un poco progresista, es bastante de vanguardia al respecto de estos derechos y de las libertades individuales.
05:54Hoy en día, para acceder a un procedimiento de eutanasia en Colombia, una persona tiene que cumplir con tres requisitos, todos ellos a la vez, no uno de tres, sino tres de tres.
06:05El primero de ellos es que la persona tenga un diagnóstico de enfermedad grave e incurable, y aquí viene la primera medida progresista.
06:13En otros países, que son pocos en el mundo, en los cuales hay jurisprudencia o legislación al respecto, se requiere que la persona haga un camino de dolor y sufrimiento y que esté en estado terminal para que se le pueda aprobar el procedimiento.
06:26En Colombia no, en Colombia basta con que la persona tenga un diagnóstico de enfermedad grave e incurable para que pueda ser solicitada.
06:34El segundo requisito es que la persona esté experimentando un sufrimiento, que la Corte Constitucional llama físico o psíquico, porque está esta distinción entre la medicina física y la salud mental.
06:48Y la Corte dice entonces, experimentar un sufrimiento físico o psíquico que sea incompatible con la propia idea de dignidad, también es un requisito para poder ser solicitada.
07:01Y el tercer requisito es que la persona haya hecho una manifestación clara e inequívoca en relación con cuáles son sus deseos al final de la vida, y para eso usamos la herramienta legal Documento de Voluntad Anticipada,
07:14que es la manera en la cual dejamos consignado por escrito, en caso de que se presente un escenario médico que nos ponga en una situación límite entre la vida y la muerte, cómo querríamos experimentar ese momento difícil y ese momento final.
07:30Es como una especie de testamento, hay que dejar como una especie de testamento.
07:34Esa es la traducción literal del Living Will que se usa en Norteamérica, lo que pasa es que en Colombia no se usa esa palabra, en España también la usan, Testamento Vital.
07:46En Colombia no la usamos porque en el uso extendido de esa expresión, Testamento, está directamente vinculado con cuestiones patrimoniales.
07:56Entonces, como este documento no incluye esas decisiones patrimoniales, preferimos llamarlo Documento de Voluntad Anticipada.
08:05¿Un menor de edad es representado por sus padres al momento de que se determine que se puede proveer la eutanasia o no?
08:18Le pregunto porque leí sobre un caso reciente en que el tribunal falló en contra de una mujer, madre de un niño discapacitado, que también estaba enfermo terminalmente y que estaba solicitando para su hijo la eutanasia y aparentemente no se concedió, acláreme.
08:40Así es, no fue concedida porque la discusión sobre el consentimiento sustituto, en algunos casos se le llama así, en otros casos se le llama consentimiento subrogado, es una discusión que no está completa.
08:53Hay una pregunta enorme porque los principios jurídicos sobre los cuales reposan este tipo de derechos son principios que están relacionados, claro, con la dignidad, pero también con la autonomía.
09:06Es decir, con la capacidad que tenemos las personas para tomar decisiones de acuerdo con lo que nosotras mismas consideramos que es bueno, que es digno, que es oportuno.
09:17Y a este respecto hay mucha discusión sobre qué pasa con las personas que, por la razón que sea, en el caso que tú mencionas, se trataba de una persona con parálisis cerebral, es decir, una persona que nunca va a desarrollar su autonomía, nunca va a desarrollar su capacidad para decidir y para tomar en consideración cuál es la mejor alternativa sobre la base de la información que tenga a mano.
09:39Entonces, lo que la Corte Constitucional ha dicho hasta el momento es que solo las personas con capacidad de decidir pueden solicitar un procedimiento como este, porque la solicitud es unipersonal, es decir, un tercero puede solicitarle al servicio de salud, al sistema de salud, un procedimiento que finaliza la existencia de otro.
10:03Entonces, ha habido gran discusión al respecto, ha habido gran discusión sobre qué pasa con las personas menores de edad, en Colombia esa edad de 18 años, y la Corte ha fallado en el pasado en relación con la toma de decisiones de personas de 14 años y más adelante.
10:20Sobre la base de que esas personas tienen ya una comprensión, una moderación de un desarrollo psicológico suficiente como para, con la información que tienen a mano, tomar decisiones y comprender qué significa el final de la existencia.
10:34Pero esos pasos son pasos minoritarios, son pasos extraordinarios, y todavía no tenemos una discusión seria al respecto del consentimiento sustituto.
10:46Pero tenemos que tenerla, seguro la vamos a tener, pensábamos que el escenario podía ser en el legislativo, pero aparentemente por lo menos en esta legislatura no va a ser, entonces vamos a tener que seguir pensando y desarrollando más ideas multidisciplinarias para poder entender ese universo del desarrollo de la autonomía.
11:09¿Usted habla de un diagnóstico de muerte terminal? Hay diagnósticos que se han equivocado, y también hay diagnósticos que aunque no se han equivocado, plantean un pronóstico de muerte inminente, pronta, y después resulta que la persona vive 20 años.
11:29¿Qué pasa con eso? O sea, eso es uno de los requisitos, también está el requisito de muerte de sufrimiento físico o psíquico, obviamente una persona que tiene un diagnóstico equivocado o un diagnóstico de algo que no va a ocurrir va a sufrir emocionalmente,
11:47dos de las tres condiciones se dan ahí, pero podría ser que dos de esas tres condiciones no se realicen realmente.
11:58Es cierto, y al respecto de eso, aquí hemos tenido gran debate público y debate social, porque para muchas personas que están en la otra orilla, digo yo que es la orilla de no considerar los derechos y las libertades individuales, para muchas de ellas suena un poco como si estuviéramos promoviendo en un país que tiene la historia de violencia, que tiene el nuestro, una salida.
12:28Es decir, otra vez poner sobre la mesa el tema de la muerte, otra muerte sin duda alguna no la violenta, sino una que está más caracterizada por esos principios humanitarios que consideran el alivio del dolor y del sufrimiento como una posibilidad humana.
12:45En términos generales es cierto que los diagnósticos médicos pueden ser errados y que por lo tanto los pronósticos pueden también llevar a las personas a tomar decisiones equivocadas en relación con el tratamiento de su enfermedad y en relación con cuáles son las alternativas que tienen.
13:04En Colombia es legal el rechazo terapéutico y en Colombia es legal recibir cuidado paliativo para el dolor y el sufrimiento extremo. En ese conjunto, digamos, de situaciones, lo que sí es verdad es que también la medicina ha avanzado mucho en términos de poder ofrecer diagnósticos mucho más precisos.
13:26Si bien los pronósticos son un terreno un poco cenagoso, como que realmente son arenas movedizas porque es difícil pronosticar cuáles van a ser las condiciones de vida en adelante, lo que sí tenemos son medios ahora cada vez más precisos para poder identificar los padecimientos, su curso.
13:45En términos generales, si bien no se puede en el individuo como tal reconocer cuáles son los signos y los síntomas que van a ir apareciendo, lo que sí se sabe mucho ahora es sobre el curso de unas patologías que son graves e incurables.
14:00Es sin duda alguna un desafío médico poder ofrecer un diagnóstico preciso y para ese desafío, por supuesto, que está también a la mano la tecnología médica que va avanzando. No obstante, no deja de ser una cuestión bioética del más alto nivel.
14:17Considerar cuándo y cómo se ofrece acompañamiento a una persona que tiene todo el derecho a resistirse al dolor, porque el sufrimiento no es obligatorio en ninguna sociedad del mundo. En la nuestra lo que pasa es que además hay jurisprudencia que lo regula y directivas del Ministerio de la Salud que también lo regulan.
14:42Entonces eso se trata de un diálogo social mucho más amplio que solamente el concurso médico para poder acompañar mejor a las personas.
14:53Es costoso el procedimiento en Colombia. ¿Cuánto cuesta someterse a este método?
15:01En términos generales, en el sistema de salud tal y como está configurado para nosotros, este procedimiento está en el rango de los procedimientos de bajo costo médico.
15:13Si lo comparas, por ejemplo, con cuánto vale la estancia en una unidad de cuidados paliativos, no alcanza a ser ni la décima parte de ese valor. Una estancia en una unidad de cuidados intensivos es muy de alto costo, digamos, como para ponerlo en ese ranking, por así decirlo.
15:33Y comparada con ella, un procedimiento médico de eutanasia tiene un valor muy inferior, lo cual lo pone en la categoría de procedimiento médico de bajo costo.
15:45Lo que pasa es que ese procedimiento sí requiere otra serie de condiciones que no son tan fáciles de conseguir en todo el territorio nacional.
15:54Nuestro país es un país de muchos contrastes y de muchos matices. Las regiones más alejadas del centro, es decir, de Bogotá, que es la ciudad capital, son regiones en las cuales hay menos capacidad instalada en las instituciones prestadoras de servicios de salud para proveer procedimientos de bajo costo.
16:13En las ciudades más pobladas, en los centros urbanos más poblados, como Bogotá, aquí tenemos, por ejemplo, en Cali, en Medellín, en Barranquilla, una disposición distinta en nuestro sistema que es bastante desigual en el acceso.
16:29Entonces, en estos centros poblados grandes, puede considerarse un procedimiento de bajo costo. En otros lugares específicos del país, podría ser un procedimiento de mediano costo.
16:42Y eso tiene que ver con varias cosas. La primera de ellas, sin lugar a dudas, la capacidad instalada en las instituciones, como he dicho, pero también la experticia de los médicos que puedan estar en capacidad de realizar un procedimiento como ese.
16:55Entonces, dependiendo de en dónde estemos hablando, el procedimiento puede ser de bajo costo o puede ser de mediano costo, pero jamás alcanza las cuantías del conjunto de procedimientos que se denominan de alto costo.
17:10¿Hay consenso médico sobre la eutanasia en Colombia o hay mucha disensión? Pregunto, porque los médicos hacen un juramento de preservar la vida, no hacen un juramento de quitarla o de proveer para que la vida termine. Es todo lo contrario.
17:26Y yo me imagino que debe haber médicos con serias dudas éticas sobre este asunto.
17:32Sin duda alguna. Con serias dudas éticas, como lo dices, pero también con poca formación en bioética, porque el juramento hipocrático ha cambiado para beneficio de la humanidad en el sentido de que lo que los médicos juran hoy en día es defender a toda costa la vida digna.
17:49Y eso es una conversación que es de mucho más hondo calado. Conversar sobre la diferencia entre la vida biológica y la vida biográfica ha traído gran beneficio para la formación de las personas profesionales de la salud.
18:03Es decir, mantener a flote los signos vitales cuando la persona ya no está ahí probablemente sea más un acto que se parece a la tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes que están prohibidos por todas las culturas y por todas las sociedades en Oriente y en Occidente.
18:19Entonces creo que el discenso tiene mucho que ver con estar informado y con haber hecho una reflexión que es muy profunda y que es muy particular a la práctica médica y es la que está relacionada con hasta cuándo y hasta dónde llegan las libertades individuales de las personas pacientes.
18:38Entonces, insisto, mantener la vida biológica, es decir, los signos vitales a flote puede no ser la alternativa bioética correcta cuando efectivamente con la tecnología que hoy tenemos y con la capacidad de los médicos que hoy tenemos es posible determinar cuándo el sufrimiento es insoportable porque medición del dolor sí hay.
19:00Entonces eso creo lo que ha hecho es poner la discusión en el lugar correspondiente. En nuestro ordenamiento legal en Colombia hemos hecho esa transición lentamente pero con pasos muy firmes.
19:14La constitución política de 1991 abrió una conversación social sin precedentes en la historia registrada desde que somos república porque esa constitución lo que hizo fue poner las discusiones como esta que estamos aquí conversando en el lugar de la ética que es distinto del lugar de la moral.
19:33Y yo creo que eso en conjunto fue un gran empujón para que pudiéramos tener este diálogo social y político de una manera mucho más tranquila, mucho más abierta y sobre todo más considerada con las personas que sufren esta conversación que estamos aquí teniendo en buenas condiciones de salud.
19:50Sin duda alguna, si tú o yo o alguna persona en la audiencia estuviera pasando por un dolor que considera insoportable y por unas condiciones de vida que no son compatibles con su propia idea de ética, sin duda alguna esto ya no tendría que ver con nuestra opinión o nuestras creencias.
20:08Tendría todo que ver, absolutamente todo que ver con nuestros derechos.
20:13Un médico no está obligado a practicar la eutanasia.
20:15No, en Colombia existe, como en muchos países, un marco regulatorio que permite la objeción de conciencia.
20:24Es decir, si un médico considera que va en contra de sus principios realizar un procedimiento de eutanasia o realizar un procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo, puede negarse a hacerlo del mismo modo que un soldado o un policía puede negarse a disparar a matar si eso está en contra de sus convicciones.
20:40Por supuesto que sí, la objeción de conciencia individual existe y se respeta.
20:45Lo que no existe es la objeción de conciencia institucional.
20:49Es decir, cuando una persona le solicita a su prestador de servicios en salud que le realice un procedimiento de eutanasia, es deber de esa institución encontrar un médico que tenga la capacidad y que sea idóneo y que no tenga objeción de conciencia para realizar el procedimiento.
21:06Entonces, son dos niveles distintos.
21:09Una cosa es en el fuero individual, la persona practicante de la medicina que resuelve que ese procedimiento o no lo sabe hacer o no lo puede hacer o no lo quiere hacer.
21:19Y otra cosa muy diferente es que las instituciones están obligadas a garantizar derechos.
21:25El debate con los sectores cristianos, específicamente la iglesia católica, está ahí.
21:32La iglesia lleva una, la iglesia católica en particular, lleva una campaña muy fuerte contra el aborto y contra la eutanasia porque, como todos sabemos, para la iglesia católica la vida es un proceso que empieza en la concepción y termina en la muerte cuando ya la persona falleció.
21:54Fallece y no debe interrumpirse en ningún momento, según la iglesia católica.
22:00¿Cuál es su contestación a ese planteamiento filosófico o teológico?
22:05Para nosotros es un tema súper importante porque nuestra cultura está abundantemente permeada por esos, digamos, como por esas maneras de comprender la realidad que son absolutamente respetables.
22:20Desde un punto de vista más pragmático, lo que aquí hemos aprendido después de 46 años de ofrecer acompañamiento para personas que sufren es una consideración que hemos aprendido precisamente de los sacerdotes que aquí ofrecen acompañamiento espiritual porque nuestro país es un país que se declara mayoritariamente católico.
22:43Al menos en el número de personas bautizadas no estamos seguros del número de personas practicantes, pero al momento de la muerte mucha gente recuerda que toma caminos que probablemente dejó abandonados a lo largo de la vida y por lo tanto la cuestión de la fe es una cuestión que es clave aquí, tanto como las cuestiones médicas, legales o emocionales, sin duda alguna.
23:02Aquí hemos aprendido de la mano de esas personas que hacen acompañamiento espiritual dos cosas que son muy importantes. La primera de ellas es el gesto de bondad o el acto de bondad que está implicado en considerar el sufrimiento ajeno de manera que la alternativa cristiana es no ofrecer la propia opinión sobre el sufrimiento que uno se está experimentando en la propia piel.
23:24Eso es una cosa que tiene que ver mucho con la solidaridad, es como yo le llamo, con la caridad, es como le llama el discurso religioso, es decir, acompañar a quienes sufren implica de cierto modo respetar las decisiones que las personas toman como decisiones que están basadas en su propia conciencia y en su propia relación espiritual.
23:45La segunda cosa que hemos aprendido es que hay una distancia enorme entre la práctica religiosa arrajatabla y la práctica espiritual. La mayor parte de las personas que se acercan a la muerte cuando han tenido una experiencia espiritual son personas que tienden más a soltar los apegos y a reconocer este momento final como un momento definitivo en el sentido de que es el momento previo a una cita que según su camino espiritual es la cita de la muerte.
24:15Es la cita más importante de todas, es decir, en palabras, para usar los términos religiosos, el señor le está llamando a su reino, luego poner obstáculos a ese llamado puede que sea incluso un acto de desobediencia.
24:29Eso es una cosa cuando el camino es espiritual, pero cuando el camino es religioso es altamente probable que haya mucha culpa infundada en relación con las decisiones que tomamos sobre nuestra propia vida, sobre nuestros propios cuerpos, sobre nuestra propia manera de considerar la existencia y el lugar que ocupamos en este planeta maravilloso que hay quienes llaman el jardín del universo.
24:52De manera que para nosotros esos aprendizajes han sido aprendizajes que siempre sometemos a consideración. En realidad la iglesia católica, la de verdad, esta que se dedica a la teología y a la doctrina y a todas esas cosas, en general tiene unas posturas que son destacables, escritas ellas en encíclicas, en relación con el cuidado de la salud y en relación con el cuidado del sufrimiento y el uso de los medios que estén disponibles.
25:21En la ciencia para paliar el dolor, por ejemplo, y para considerar la finitud de este cuerpo que habitamos. Y eso para nosotros no tiene precio, digamos, es como una herramienta de trabajo, por así decirlo, en cierto sentido.
25:43¿Cuántos países tienen jurisprudencia similar a la de ustedes?
25:47Hay siete países en el mundo, la mayoría son del norte y el único del sur global es Colombia. Siete países, dos estados de Australia y diez estados de Estados Unidos tienen disposiciones relacionadas o bien con cuidados paliativos o bien con eutanasia.
26:06Tan progresistas como la nuestra, creo que es la jurisprudencia nuestra la única que considera cosas como, por ejemplo, el diagnóstico y no la enfermedad terminal y otras cuestiones relacionadas, por ejemplo, con la adecuación del esfuerzo terapéutico, que es esta solicitud que el Acuerdo Constitucional le ha hecho a los médicos en Colombia para que en el momento en el que la muerte, que es un hecho natural, esté ocurriendo, por favor no la interrumpan.
26:36Es decir, nada que sea invasivo, nada que sea doloroso, nada que sea irreversible y mucho menos nada que prolongue la agonía innecesariamente.
26:45Entonces sí es verdad que estamos en un conjunto de países muy pequeñito, lo cual no significa que la discusión no se esté dando en muchos otros.
26:55La Federación Mundial de Asociaciones de Muerte Digna tiene más de doscientos países afiliados, lo cual significa que la conversación social no va necesariamente en el mismo nivel que la conversación legal.
27:09Así que su pronóstico es que vamos a tener más países entrando a ese grupo de naciones en donde la eutanasia va a ser legal.
27:17Es altamente probable por razones que tienen que ver con varios elementos. El primero de ellos, sin duda, es el cambio sociodemográfico al cual estamos asistiendo desde hace ya un par de décadas,
27:28que nos ha hecho preguntarnos por la totalidad de la vida, primero, por la manera como vivimos, es decir, la manera como envejecemos y llegamos a la vejez,
27:38y por la manera como las personas tenemos o no acceso suficiente, oportuno y de buena calidad a los servicios de salud.
27:48Mientras en el mundo siga habiendo enfermedades prevenibles que no se previenen y que luego se vuelven de alto costo, esta conversación tiene lugar.
27:57Mientras en el mundo sigan existiendo condiciones de vida indigna, a lo largo del tiempo, esta conversación tiene lugar.
28:04Y mientras los sistemas de salud y de cuidado sigan estando colapsados del modo en que están colapsados por cuenta no sólo del aumento poblacional,
28:14sino también de otras condiciones, por ejemplo financieras relacionadas con sus estructuras, esta conversación tiene lugar.
28:22Pero por encima de todo eso, mientras democráticamente las sociedades sigamos considerando las libertades individuales y la capacidad del ejercicio ciudadano
28:32con todo lo que ello implica, pues esta conversación va a seguir teniendo lugar.
28:38Gracias doctora, gracias por estar con nosotros.
28:41Con mucho gusto, muchas gracias a ustedes y un saludo a su audiencia enorme.
28:46La doctora Lina Paula Lara Negrete, directora ejecutiva de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente.
28:53También en temas de la muerte, no sólo en temas de la vida, hacemos noticia, porque la ciencia siempre es noticia en las revistas de medicina y salud pública.
29:02El dolor que causa la endometriosis no es una excusa, es un dolor real, en donde un tejido similar al revestimiento interno del útero crece fuera del mismo.
29:11Endometriosis, tómala en serio, a ella y a la enfermedad.
29:14Habla con tu médico y visita eldolordeendoserio.com
29:18En MSP convertimos la ciencia en noticia.
29:21Por más de 20 años hemos sido líderes en salud, ciencia y bienestar en Puerto Rico y el Caribe.
29:26Síguenos en nuestras redes como arrobarrevistamsp y visita www.revistamsp.com para más información de calidad, porque en MSP somos ciencia.