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00:00Hacen ya seis meses desde que la Procuraduría General de la República
00:03depositó acusación formal contra siete personas por los sobornos pagados por la
00:08constructora Norberto Odebrecht a cambio de obras públicas. ¿Pero por qué el
00:14proceso dura tanto? ¿Por qué no hay una sentencia? ¿Por qué no hay condenados?
00:18Son las preguntas que se han hecho a través de las redes sociales y los
00:22foros públicos Los Ciudadanos. ¿El proceso ha durado tanto como consideran?
00:27No. El proceso está en la etapa normal. El juez de la Instrucción Especial
00:32Francisco Ortega Palanco ha garantizado el derecho de defensa a cada uno de los
00:37imputados y ha dado los plazos necesarios para que Ángel Rondón Rijo,
00:41Víctor José Díaz Rúa, Conrado Pitaluga, Andrés Bautista, Roberto Rodríguez, Jesús
00:48Vázquez y Tommy Galán Grullón puedan formular sus medios de defensa y
00:53respondan a la imputación de lavado de activo, soborno, enriquecimiento ilícito,
00:58asociación de malhechores y falsedad en declaración jurada de bienes planteadas
01:03por el Ministerio Público. ¿Por qué no hay una sentencia? No hay una sentencia
01:08porque apenas el Ministerio Público ha iniciado la lectura de la acusación. La
01:12pasada semana comenzaron o leyeron los cargos atribuidos a Víctor Díaz, a Ángel
01:18Rondón, a Conrado Pitaluga, Andrés Bautista y a Jesús Vázquez. Durante ese
01:23proceso los imputados pidieron la palabra y pidieron al juez hacer constar
01:29en acta que algunas afirmaciones del Ministerio Público o datos que ellos
01:33componen en la acusación no se corresponden con la verdad. Ortega Polanco
01:38no puede determinar quién es culpable, pero sí puede determinar a quién no
01:43enviará a juicio de fondo. El juez ponderará los argumentos y las pruebas
01:48que presenten tanto la Fiscalía como los imputados para determinar si existen
01:54los medios suficientes y ordenar un auto de apertura a juicio. El Ministerio
01:59Público tiene o según el calendario que se había programado tenía cinco días
02:03para presentar la acusación contra los siete imputados y al mismo tiempo iban a
02:08tener los imputados para responder a las acusaciones. Durante el proceso han
02:13surgido ciertos elementos donde o se han surgido situaciones en las que el
02:18Ministerio Público ha pedido establecer un equilibrio para que los imputados
02:23haciendo uso del derecho que tienen de intervenir en el proceso respeten
02:27también el derecho que tiene el Ministerio Público de formular su
02:30acusación y que en un momento siguiente ellos puedan responder la
02:36acusación de manera íntegra. El juez Ortega Polanco puede dictar un auto de
02:43no alugar si entiende que las pruebas que presentó el Ministerio Público no
02:47fueron obtenidas de la manera correcta o que simplemente los elementos de prueba
02:51no sustentan la acusación de lavado, enriquecimiento ilícito, asociación de
02:56malhechores, soborno o falsedad en declaración jurada de bienes, puede
03:00dictar un auto de no alugar. Hasta aquí nuestra sección de preguntas y casos
03:06judiciales. Hasta una próxima edición.