• anteayer

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Inmediatamente comenzó la audiencia. Nosotros solicitamos que se declare la inadmisibilidad
00:09del recurso de ABIAS-Corpus que interpusieron los impedrantes. Entonces, esto no procede.
00:17En vez de lo que establece el artículo 381, que no procede el ABIAS-Corpus cuando existen
00:22recursos ordinarios, puede solicitarse revisión de medida. En este caso, nosotros como Ministerio
00:28Público hemos solicitado la revisión de la decisión de la medida de cohesión y de
00:33la misma forma que el imputado puede solicitar la revisión de una medida, pues también
00:39nosotros como Ministerio Público podemos solicitar la revisión de esa decisión de
00:44medida de cohesión. Por tanto, no procede. El ABIAS-Corpus, el magistrado apoderado de
00:50este ABIAS-Corpus, no permitió que el Ministerio Público replicara en cuanto a lo que alegó
00:55la defensa de los imputados respecto de que se dejara para el final, es decir, que se
01:01reservara el fallo de la solicitud de inadmisibilidad para el final, es decir, que se conozca el
01:06recurso de ABIAS-Corpus y al final, junto con la decisión de ABIAS-Corpus, él iba
01:11a tomar la decisión si esta era admisible o no. Nosotros entendemos que el magistrado
01:17actuó de una manera incorrecta, que no fue, que no nos dio la oportunidad a nosotros de
01:21poder expresarnos, de poder replicar en cuanto a lo que nosotros entendemos que la decisión
01:26de esa inadmisibilidad tenía que ser resuelta inmediatamente, no enviada al fondo, porque
01:33el Código Procesal Penal es la base por donde se rige el ABIAS-Corpus. Si el Código Procesal
01:41Penal expresa y es claro, no procede un ABIAS-Corpus cuando está abierto un recurso ordinario
01:46o una revisión de medida de coerción. El magistrado se manifestó muy cerrado, muy
01:51tajante, no nos permitió expresarnos, replicar, expresar nuestras argumentaciones fundamentadas
01:57en base legaria. Ante estas circunstancias y esa actitud que asumió el magistrado en
02:02esta audiencia, nosotros procedimos.

Recomendada